De la definición anterior se deduce la existencia de dos partes entre las que existe un enfrentamiento y entre las que se puede diferenciar, por una parte, a los "acosadores" con comportamientos y actitudes hostiles, activas, dominadoras, avasalladoras y vejatorias y, por otra, al agredido, con actitudes y comportamientos normalmente de tipo reactivo o inhibitorio.
Sin embargo, la expresión de las situaciones de acoso psicológico hacia un individuo se puede manifestar de muy diversas maneras –e incluso con un alto grado de sofisticación–, a través de distintas actitudes y comportamientos. Leymann distingue cuarenta y cinco comportamientos hostiles diferentes (sin tener carácter exhaustivo) que pueden ser clasificados en grupos distintos atendiendo a su distinta naturaleza:
- Acciones contra la reputación o la dignidad.
- Acciones contra el ejercicio de su trabajo.
- Acciones que manipulan la comunicación o la información.
- Acciones de iniquidad.
Fidalgo, Manuel, "Acoso psicológico en el trabajo: mobbing" ponència de cloenda del Curs de prevenció de riscos laborals (Barcelona, 1/2/2002), Escola d'Administració Pública de Catalunya, http://www.eapc.es/documents/mobbing.pdf
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